Registro de huéspedes en Perú: qué exige y qué pedir al software
En Perú, el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje exige inscribir al huésped en el registro del establecimiento antes de que ocupe la habitación. Puede llevarse en fichas, libros o medios digitales y debe incluir identidad, nacionalidad, residencia, motivo del viaje, fechas, habitación y tarifa con impuestos, además de los menores acompañantes.
Todo establecimiento de hospedaje peruano debe llevar un registro de sus huéspedes, con un contenido definido por reglamento. Si lo llevas en el software, comprueba que la ficha de llegada recoge todos los campos.
¿Qué exige la norma y a quién?
El registro está regulado en los artículos 4 y 26 del Reglamento de Establecimientos de Hospedaje, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2015-MINCETUR y modificado por el Decreto Supremo N.° 005-2021-MINCETUR. El organismo competente es el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) y el alcance es nacional.
Dos ideas resumen la obligación:
- Es previa: la inscripción del huésped en el registro es requisito indispensable para ocupar la habitación.
- Admite varios soportes: puede llevarse en fichas, en libros o en medios digitales.
Esta nota es información general y no constituye asesoramiento legal; ante un caso concreto, consulta la norma o a un asesor.
¿Qué datos debe contener?
El reglamento enumera el contenido del registro:
- Nombre completo.
- Fecha de nacimiento.
- Sexo.
- Nacionalidad.
- Lugar de residencia.
- Documento de identidad.
- Motivo del viaje.
- Fechas de ingreso y salida.
- Número de habitación.
- Tarifa con impuestos.
Además, se anotan los datos de los menores que acompañan al huésped. Este punto, el motivo del viaje y la tarifa con impuestos conviene revisarlos expresamente en un programa pensado para otros países.
¿En qué se diferencia del registro de extranjeros en Migraciones?
Son dos obligaciones distintas, y cumplir una no cubre la otra. La guía de Perú las describe por separado:
- El registro de huéspedes del establecimiento es el que explica esta nota: lo lleva el alojamiento, incluye a todos los huéspedes y depende del reglamento del Mincetur.
- El registro de huéspedes extranjeros en Migraciones obliga, desde el 10 de diciembre de 2024 y conforme al Decreto Supremo N.° 011-2024-IN, a registrar a las personas extranjeras en la plataforma de la Superintendencia Nacional de Migraciones antes de brindar el servicio.
El registro del establecimiento tiene además una función fiscal: según la orientación de SUNAT, quien factura hospedaje sin IGV a no domiciliados debe llevar el registro de huéspedes, junto con otros soportes.
Hay límites en lo verificado: las multas por no registrar extranjeros en Migraciones que cita la prensa no se confirmaron en la página oficial consultada, y la normativa de protección de datos personales no se revisó, por lo que no se describe aquí.
¿Qué debes pedir a tu software?
Lo que cabe exigir es una ficha de registro digital con todos los campos del reglamento. En una demostración, comprueba:
- Campos completos: los diez datos de la lista, sin recurrir a un cuadro de observaciones.
- Menores acompañantes: registro de cada menor asociado al huésped adulto.
- Motivo del viaje: campo propio, a ser posible con opciones cerradas.
- Tarifa con impuestos: que la ficha muestre el importe final de la estancia.
- Bloqueo previo: que el sistema avise si se intenta entregar la habitación sin completar la inscripción.
- Consulta e impresión: listado por fechas y ficha imprimible o exportable ante una inspección.
- Captura anticipada: si ofrece check-in online, que los datos enviados por el huésped lleguen a esa misma ficha.
Pregunta también si los datos del huésped extranjero pueden exportarse o enviarse a la plataforma de Migraciones en el momento de la llegada, para no escribirlos dos veces.
¿Qué productos del directorio documentan cubrirlo?
Según los datos del directorio revisados en octubre de 2026, ninguna ficha describe de forma expresa una ficha de registro adaptada al reglamento peruano. Eso significa que los proveedores no lo publican, no que sus sistemas no puedan recoger esos datos. Cuatro productos publican información de cumplimiento para Perú, centrada en lo fiscal:
- SysHotel: boletas y facturas electrónicas ante SUNAT mediante un operador, a través del socio NubeFact, y reportes para MINCETUR. La ficha no detalla el contenido de esos reportes.
- HotelDrive: perfil para Perú con soles, IGV y validación de RUC y DNI; emite documento interno o prefactura y la emisión legal se conecta con el proveedor de facturación del hotel.
- Cloudbeds: facturación electrónica ante SUNAT mediante socios, que toman los datos del sistema para emitir el comprobante.
- Novohit: su portada declara facturación electrónica para Perú, sin mencionar SUNAT ni el tipo de operador.
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Qué datos debe tener el registro de huéspedes de un hotel peruano?
El Reglamento de Establecimientos de Hospedaje exige nombre completo, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad, lugar de residencia, documento de identidad, motivo del viaje, fechas de ingreso y salida, número de habitación y tarifa con impuestos, además de los datos de los menores acompañantes.
¿El registro de huéspedes puede llevarse en formato digital?
Sí. El reglamento permite llevarlo en fichas, libros o medios digitales. Lo esencial es que contenga todos los datos exigidos y que la inscripción se haga antes de que el huésped ocupe la habitación, por lo que el software debe recoger cada campo en la ficha de llegada.
¿Es lo mismo que el registro de extranjeros en Migraciones?
No. El registro del establecimiento incluye a todos los huéspedes y lo regula el reglamento del Mincetur. El de Migraciones afecta solo a las personas extranjeras y se hace en la plataforma de la Superintendencia Nacional de Migraciones antes de brindar el servicio. Son obligaciones separadas.
Datos del directorio
| Software | Nivel | Normativa local documentada |
|---|---|---|
| SysHotel | Fuerte | Boletas y facturas electrónicas ante SUNAT mediante OSE, vía partner NubeFact; exoneración de IGV para zona selva (Ley 27037) y reportes MINCETUR. La web no aclara si el contrato con el OSE lo firma el hotel o SysHotel. |
| Cloudbeds | Medio | Facturación electrónica SUNAT: vía partners (Dora Ecuador & Peru y Comfiar Peru), que toman los datos de Cloudbeds para emitir el comprobante. |
| HotelDrive | Medio | Perfil con soles, IGV 18 % y validación de RUC y DNI. Hoy emite documento interno o pre-factura; la emisión legal SUNAT se conecta con el proveedor de facturación del hotel cuando se requiere. |
| Novohit | Medio | La portada declara facturación electrónica para Perú; no menciona SUNAT, OSE ni PSE. |
| Oracle OPERA Cloud | Medio | Sin información verificada. |
| LobbyPMS | Medio | Sin información verificada. |
| Pxsol | Medio | Sin información verificada. |
| SiteMinder | Medio | Sin información verificada. |